Seguros de Personas
Se encarga de amparar o cubrir las necesidades del asegurado. Es el seguro que cubre los riesgos que afectan a las personas. El contrato de seguro sobre las personas y comprende todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud de un asegurado.
Clasificación:
• Vida (HCM)
• Salud (Medicina)
• Integridad Física Clases de seguros de vida:
• Casos de Muerte
• Temporal
El seguro de vida es una de los tipos del seguro de personas, en el que el pago por parte de la compañía de seguros de la suma asegurada del contrato, se hace depender del fallecimiento ó sobrevivencia del asegurado en un momento determinado.
En este tipo de seguro el pago de la indemnización no se relaciona con el valor del daño producido por la concurrencia del siniestro, debido a que la persona no es valuable económicamente. Este tipo de seguro no constituye un contrato de indemnización propiamente dicho, a diferencia de los seguros de daños que si lo contemplan.
Tipos de seguros de vida
Seguro en caso de Fallecimiento: El Beneficiario (que puede ser una o varias personas) recibirá la suma asegurada estipulada cuando se produzca el fallecimiento del Asegurado, ya sea por causa natural o accidental. Es una clase de seguro de vida, ya sea que se trate de un capital o de una renta, se pagará por la compañía de seguros al beneficiario (que puede ser una o varias personas), si se produce la muerte del asegurado. Cabe mencionar que un condicionamiento para este tipo de seguro es el suicidio, el cual no obliga al asegurador a indemnizar el daño.
SEGURO CONTRA INCENDIO
De acuerdo al artículo72 de la ley de contrato de seguro se puede definir como aquel mediante el cual el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a indemnizar los daños materiales producidos a los bienes asegurados por causa de fuego o rayo o por sus efectos inmediatos como el calor y el humo. Igualmente responde por los daños, gastos, pérdidas o menoscabo que sean consecuencia de las medidas adoptadas para evitar la propagación del incendio o para salvar los bienes asegurados.
En general, la finalidad principal de este seguro es el resarcimiento de los daños sufridos en los objetos asegurados a causa de un fuego, incluyéndose asimismo los gastos que ocasione el salvamento de esos bienes o los daños que se produzcan en los mismos al intentar salvarlos.
Con este seguro la compañía aseguradora indemniza al asegurado por el daño que hubieran sufrido los bienes objeto del seguro, a causa de un incendio, por su puesto siempre que este no haya sido intencional.
Para complementar esta cobertura existen las cláusulas adicionales con cobro de prima o también llamadas líneas aliadas, que son las siguientes:
• Terremoto
• Motín, disturbios laborales y daños Maliciosos
• Inundación
• Daños por agua
• Extensión de Cobertura (Huracán, Ventarrón o Tempestad)
SEGURO DE TRANSPORTE
La compañía de seguros se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el transporte de mercancías y se divide en marítimo, aéreo y ferroviario:
Cubre los riesgos que pesan sobre los medios de transportes, los efectos transportados y los pasajeros.
La compañía indemniza al propietario de los medios de transporte los daños que estos puedan sufrir en el cumplimiento de su misión por diversos accidentes, conforme al capital asegurado. También cubre los daños o lesiones que puedan sufrir los pasajeros como consecuencia de accidentes de transportes.
Seguro Marítimo: Garantiza los riesgos de navegación que puedan afectar, tanto al buque transportador como a la carga transportada, y puede ser seguro de buque, carga o flete. Son aquellos que amparan los riesgo del casco de la embarcación propiamente; el transporte que ella efectué bien de personas o cosas; y la responsabilidad civil que se pueda derivar de un siniestro cubierto por el seguro. Se clasifica en:
• Seguro marítimo casco o de embarcaciones o de casco de nave: Tiene dos aspectos fundamentales, cobertura de daños propios o cláusula de casco y la cobertura de responsabilidad civil o la cobertura de protección e indemnización.
• Seguro marítimo de carga o de transporte Marítimo: Son aquellos cuya finalidad consiste en asegurar contra la s pérdidas a daños sufridos por las cargas transportados por ella. Seguro de Aviación: Tiene por objeto el pago de indemnización derivada de accidentes sufridos por aeronaves. Y su finalidad consiste en amparar las pérdidas sufridas o causadas por dichos aparatos aéreos. Se clasifica en:
• Seguro de casco aeronave: Ampara las pérdidas sufridas por el avión en suelo o vuelo, por cualquier causa accidental.
• Seguro de Responsabilidad Civil: Cubre los daños y pérdidas que la operación del avión cause a terceros. • Seguros de accidentes personales: Bajo esta cobertura se ampara a los tripulantes del avión mientras esta dentro del avión, embarcando o desembarcando, las coberturas son las mismas de una póliza de accidentes personales.
• Seguro de Transporte aéreo: En el casco del seguro de transporte aéreo solo existe una sola cláusula de carga aérea similar a la cláusula marítima

