SEGUROS DE VEHICULOS
SEGUROS DE CASCO DE VEHICULOS
TERRESTRES
Concepto y alcance
Condiciones de la Póliza
Coberturas Básicas
y opcionales
Exclusiones
Concepto y Alcance.
Es un contrato mediante el pago
de una prima, el asegurador se compromete a indemnizar por la pérdida parcial o
total que experimente el vehículo asegurado.
Las primas del seguro de casco
de vehículo, son calculadas tomando en consideración el valor, el uso a que se
destina el vehículo y el tipo de cobertura que se contrata.
Condiciones de la Póliza:
El pago de la prima se efectúa
de forma anual y por anticipado al inicio del contrato, momento en el cual
empezaran los riesgos por parte del asegurador. Aunque en algunos casos hay
empresas financiadoras de este tipo de póliza. En este tipo de póliza pueden
asegurarse a nivel individual, como flota de vehículos, la media de la flota de
vehículos son de 20 destinados a un mismo uso, de características similares, y
de un mismo propietario, aunque pueden ser vehículos que pertenezcan a
asociaciones civiles, de transportistas de pasajeros o de carga, los cuales
pueden ser asegurados como flota. La póliza puede ser anulada en caso de que el
tomador haga declaraciones falsa, ya que se estaría violando el principio de
buena fe.
Coberturas básicas y opcionales:
Regularmente existen dos tipos
de cobertura: la cobertura básica que cubre solo la pérdida total del vehículo
y opcional que se extiende tanto las pérdidas totales, como parciales los
vehículos y sus accesorios. Se entiende como perdida total, cuando el vehículo
ha sido robado o cuando las reparaciones que tenga que hacerse representen el
75 % o más del valor asegurado del vehículo, incluyendo sus accesorios. En los
casos de pago de prima adicional puede cubrir riesgos de cobertura de pérdidas
parciales por motín o disturbios callejeros los cuales serán indemnizados por
el asegurador.
Exclusiones:
Terremoto, maremoto, o
erupciones volcánica, fusión nuclear, radiaciones, guerra, invasión, acto de
enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélica, insubordinación militar,
levantamiento militar, insurrección, nacionalización, confiscación, comiso,
incautación, requisa, embargo, expropiación.
SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE
VEHICULOS
Concepto y alcance
Condiciones de la Póliza
Coberturas Básicas
y opcionales
Concepto y Alcance:
Es un contrato donde el tomador
paga una prima al asegurador, y emita
póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos, de acuerdo con lo
dispuesto por la legislación que regule el transito y transporte terrestre, su
reglamento y su resoluciones, donde el asegurador se compromete a
indemnizar al (los) tercero (s) en los términos establecidos en la póliza,
por los daños a personas o cosas que se le hayan causado y por los cuales deba
responder el asegurado o el conductor
con motivo de la circulación del vehículo asegurado dentro del
territorio nacional.
Condiciones de la Póliza:
Esta póliza tendrá una duración
de un año, contado a partir de la fecha de iniciación de su vigencia y no podrá
terminarse anticipadamente. La empresa aseguradora asume las consecuencias de
los riesgos cubiertos a partir de la fecha de la celebración del contrato de
seguro. El pago de la prima se debe realizar desde el momento de la firma del
contrato de seguro o de la fecha de su exigibilidad de la prima, el no realizar
el pago, la empresa aseguradora podrá resolver el contrato de seguro o exigir
el pago de la prima.
Coberturas básicas y opcionales:
Estará en función de la tarifa y
con la unidad tributaria vigente en el momento de la emisión, muerte
accidental, invalidez permanente, invalidez total y permanente, invalidez
parcial y permanente, muerte accidental o invalidez total permanente conjunta,
gastos médicos, gastos de entierro.
Exclusiones:
Daños sufridos por los ocupantes
y las cosas transportadas, cargándolas y descargándolas en el vehículo
asegurado.
Daños sufridos por el vehículo
asegurado, por las cosas en las transportadas y por los bienes de los que sean
titulares el Tomador, el asegurado, el conductor, propietario el cónyuge y los
parientes hasta el tercer grado de consaguinidad.
SEGUROS AGRICOLA Y PECUARIO
Concepto y alcance
Condiciones de la Póliza
Coberturas Básicas
y opcionales
Exclusiones
Concepto y alcance:
Es un contrato de seguro que se
paga mediante la prima, un productor agropecuario con el objeto de precaver los
peligros a que está expuesta la producción por el monto de la inversión
realizada.
Condiciones de la
póliza:
Este tipo de póliza se paga de
manera total al momento de contratar el
periodo de vigencia que tendrá. Está cubrirá el riesgo por el monto de la
inversión o suma asegurada, en caso de haber sido comprobado el siniestro.
Coberturas Básicas y opcionales
El tipo de riesgo que cubre este seguro es
llamado riesgo naturales, imprevisibles su vigencia es a todo el ciclo
vegetativo de la planta. Para determinar el monto de la prima se toman en
consideración dos variables: basado en la existencia del sistema de riego o en
su carencia, en cuanto a las plantas que exigen sistema de riego, la
aseguradora asume la obligación de indemnizar las perdidas total o parcial del
cultivo, ocasionadas por rayos, plagas, enfermedades difícil de controlar.
Aquellas plantaciones que no tienen sistemas de riego asumen todos los riesgos
anteriores, mas el riesgo de sequía, de esta manera incrementando el costo de
la prima, debido a que tiene mayor riesgo de ocurrencia de un hecho.

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